• El sistema financiero no ha sido ajeno a la revolución de la libre proliferación de la información que caracteriza a nuestra era, con las consecuencias positivas y negativas que esta se derivan. Puntualmente, en la administración de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), la información -casi siempre incompleta y materializada a través de reportes e investigaciones periodísticas- ha tomado un rol protagónico al interior de las entidades financieras. Específicamente, la toma de decisiones de desvinculación, no vinculación o vinculación de una contraparte depende casi exclusivamente del análisis de la información que esté disponible.
• En la coyuntura actual, donde cada vez toman más protagonismo la difusión de noticias falsas o “fake news”, ha resurgido un debate respecto al rol que funge la información pública negativa en la administración de riesgos de LA/FT, girando principalmente alrededor de las siguientes preguntas: ¿qué tan confiable es el uso de la información pública negativa en la administración de riesgos de LA/FT? y ¿bajo qué criterios debería filtrar una entidad financiera la fuente de la información que sirve de base para un procedimiento de administración de riesgos de LA/FT?
• La regulación colombiana del SARLAFT no hace mención al uso de una noticia de prensa o información pública negativa como causal de desvinculación inmediata o la negativa de vinculación de una contraparte. No obstante, bajo ciertos criterios y excepciones, se puede justificar su empleo como base para un procedimiento de administración de riesgos de LA/FT, sin olvidar que la ejecución de estas políticas siempre dependerá tanto del apetito, tolerancia y capacidad de administración del riesgo de cada entidad, como del tipo de productos o servicios que esta ofrece.