- Con el fin de evitar afectaciones graves sobre la solvencia de las entidades financieras, es fundamental que estas realicen la gestión y control de sus grandes exposiciones. Para lo anterior, se han definido estándares internacionales que Colombia adoptó recientemente.
- La primera normativa expedida en el país data de 1993, con la publicación de un Decreto que dictó las disposiciones sobre límites de crédito, haciendo referencia a límites de concentración de riesgos. La ausencia de actualizaciones y el paso del tiempo hizo ver la norma como obsoleta, lo cual fue un incentivo para las autoridades hacia la evolución y modificación de los estándares para 2020.
- El sector financiero deberá resolver algunas dificultades en la implementación de la nueva normativa. Las principales son: (i) la identificación de los grupos conectados de contrapartes, particularmente lo relacionado con el concepto de interdependencia económica y las dificultades derivadas de la falta de información o baja calidad de la misma; y (ii) la ausencia de parámetros de materialidad, que generará que se intensifiquen los esfuerzos en términos de capacidad operativa para realizar la labor de identificación y gestión de una forma adecuada.
- Las entidades reconocen que la implementación de los estándares apoya el robustecimiento de la estabilidad del sistema financiero. De igual modo, consideran importante el trabajo continuo con las autoridades regulatorias para asegurar una correcta implementación de la regulación en esta materia.