El programa Mi Casa Ya se reglamentó con la expedición, en marzo de 2015, del Decreto 428 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de facilitar la adquisición de vivienda por parte de aquellos hogares que, a pesar de contar con capacidad de endeudamiento, necesitan de un Subsidio Familiar de Vivienda –SFV– para adquirir una solución habitacional acorde con sus necesidades.
Mi Casa Ya comprende un SFV directo y un subsidio a la tasa de interés. El monto del SFV depende del rango de ingresos del hogar. El primer rango es para los hogares con ingresos mayores a dos e inferiores o iguales a tres SMMLV y el segundo, para los de ingresos mayores a tres y de hasta cuatro SMMLV. En el caso del subsidio a la tasa de interés, en ambos rangos se contempla el otorgamiento de cuatro puntos porcentuales sobre la tasa de interés pactada en el crédito hipotecario.
El segmento de Vivienda de Interés Social –VIS– experimentó una moderación en su ritmo de crecimiento entre 2013 y 2014, a pesar de mantenerse en niveles altos en la mayoría de sus indicadores de actividad. Estos comportamientos han comenzado a revertirse en los primeros meses de 2015 con el efecto del programa Mi Casa Ya sobre la construcción y el mercado de viviendas de interés social.
Mi Casa Ya responde a necesidades específicas de un segmento de población que a pesar de contar con capacidad de endeudamiento, requiere de subsidios directos y a la tasa de interés para lograr el cierre financiero. Esta población enfrenta barreras importantes para acceder a soluciones adecuadas de vivienda propia puesto que no cuenta con patrimonio de vivienda al momento de la compra, posee baja capacidad de ahorro y experimenta dificultades para obtener financiamiento hipotecario formal dados sus altos niveles de informalidad laboral, además de las limitaciones impuestas por la regulación actual. A pesar del positivo impacto social de esta medida, el desarrollo futuro de este tipo de mecanismos debe encaminarse hacia la inclusión de la población con ingresos laborales de origen informal cuyas características impiden su acceso al financiamiento hipotecario formal.