Cursa en el Congreso de la República una iniciativa parlamentaria, aprobada en primer debate en la Comisión Tercera de la Cámara. El proyecto busca modificar el Código Civil, en el sentido de eliminar la posibilidad de que deudores y acreedores pacten que los gastos que ocasiona el pago del crédito sean por cuenta del deudor. De igual manera, el proyecto propone adicionar al Régimen de Protección del Consumidor Financiero una norma que establecería que los gastos en que incurran las entidades financieras en materia de cobro prejurídico correrían por cuenta de la respectiva institución y no se podrían trasladar a los deudores.
Para todos los acreedores y en particular para el sistema financiero y el comercio, las modificaciones que se pretende introducir implicarían un desestimulo al cobro prejurídico y un incentivo al cobro judicial, puesto que solo se podría exigir el pago de la gestión de cobranza en caso de que se acuda a la jurisdicción civil para adelantar las acciones respectivas.
El incentivo a acudir ante los jueces incrementaría la congestión en la administración de justicia y en general la demora en todas las actuaciones judiciales, lo que a su vez implicaría un mayor costo para el deudor y para el acreedor.
De aprobarse el proyecto, se generaría una contradicción en el modelo de cobranza que pretende el Estado: por un lado se fomenta la conciliación y otros medios de solución directa y amigable de los conflictos y, por otro, se apoyarían iniciativas que van en sentido contrario.
Es una lástima que no se perciba que el cobro prejurídico es el mejor camino para lograr la normalización de las deudas y que su costo es sustancialmente menor si se compara con lo que el deudor debe pagar por cuenta de las costas en el proceso judicial. La puesta en marcha en Colombia del modelo de cobro temprano o prejurídico ha contribuido de manera importante a que el país cuente con uno de los indicadores de cartera vencida más bajos a nivel mundial y por tanto con uno de los sistemas financieros más saludables.