Para una economía la transición de un régimen de alta inflación a otro de baja tiene consecuencias importantes. Cuando la transición ocurre es probable que surjan distorsiones, debidas a la continuidad de medidas pensadas para una economía con alta inflación, que no son desmontadas cuando ésta se vuelve baja y estable. Dos de estas distorsiones en Colombia, que nos parecen importantes, tienen que ver con la remuneración a las cesantías y con el gravamen a los movimientos financieros (GMF).
En nuestro país, por cada año de trabajo el empleador debe pagar al empleado, fuera del salario y de otras prestaciones, 1,12 salarios adicionales por concepto de cesantías: 1 como tal y 0,12 como interés sobre ella. Fuera de los problemas causados por tener una tasa de interés fija de remuneración, cuando la inflación ha disminuido drásticamente en un período de tiempo prolongado, su método de liquidación es inconveniente. Como la cesantía se causa mensualmente, su saldo en el transcurso del año es inferior al que alcanza cuando éste culmina, de manera que el promedio es menor que el monto final. Remunerar el saldo final equivale a otorgar una rentabilidad alta al promedio. Con la tasa de interés que la ley ordena remunerar la cesantía de cada año (12% anual), la rentabilidad del saldo promedio equivale al doble (24%). Esa rentabilidad era adecuada cuando la inflación promedio era alta, como en 1974 y 1975 (24,6% y 23,3% anual, respectivamente), cuando se estableció la medida. Sin embargo, con una inflación entre 2% y 4% anual, como la actual, luce desmesurada. Además, puede significar una carga muy pesada tanto para los empleadores como para los desempleados, en la medida en que encarece la generación de empleo formal. Algo similar ocurre con el GMF. Su tasa (4×1000) constituye una proporción baja de la rentabilidad nominal de los depósitos bancarios cuando la inflación y las tasas de interés son altas. No obstante, a medida que éstas disminuyen su impacto adverso sobre ella aumenta. Una inflación y unas tasas de interés bajas y estables, por tanto, magnifican las consecuencias perniciosas de este impuesto distorsionante y anti-técnico. El problema es más grave cuando aumenta la periodicidad de las transacciones financieras. Por tanto, en la medida en que baja la inflación y aumenta el número de transacciones en la economía, el GMF se vuelve confiscatorio.Estos dos casos ilustran cómo unas instituciones diseñadas para una economía inflacionaria pueden resultar inadecuadas para otra con una inflación baja y estable. Así como en el pasado se hicieron ajustes en materia tributaria y de crédito hipotecario para adaptarse a una situación inflacionaria, e incluso con las cesantías se hizo lo mismo al eliminar la retroactividad, ahora es necesario hacer los ajustes del caso en los dos ejemplos señalados, para evitar las distorsiones que se presentan cuando hemos vuelto a un régimen de baja inflación.